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Tipifica Congreso la cohabitación forzada de menores

• Se impondrían de 8 a 15 años de prisión y multa de mil a 2 mil 500 UMAs a quien cometa este delito.

Xalapa, Ver., 06 de octubre de 2026.- El Pleno de la LXVII Legislatura aprobó por unanimidad el dictamen de decreto que adiciona un Capítulo VI, denominado Cohabitación Forzada, y el artículo 190 Octodecies al Título V Bis del Libro Segundo del Código Penal, para imponer de ocho a 15 años de prisión y multa de mil a 2 mil 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien cometa el delito de cohabitación forzada de personas menores de 18 años.

Esta reforma, aprobada con 48 votos a favor, sin abstenciones o votos en contra, es resultado de la iniciativa presentada el pasado 21 de mayo por el diputado Luis Vicente Aguilar Castillo.

De acuerdo con lo aprobado, se crea el Capítulo VI Cohabitación Forzada y se establece en el Artículo 190 Octodecies que comete el delito de cohabitación forzada de personas menores de 18 años, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a sostener una unión informal o consuetudinaria, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de dieciocho años, con el fin de convivir en forma constante y equiparable a la de un matrimonio.

Las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, y de Derechos de la Niñez, la Adolescencia y la Familia, instancias dictaminadoras, coinciden con el promovente en relación con atender la cohabitación forzada mediante una disposición penal específica, toda vez que la imposición de una vida de pareja puede comprometer la libertad, la continuidad educativa, la salud y el desarrollo de niñas, niños y adolescentes.

Por ello, se considera pertinente la propuesta de reconocer y sancionar esta conducta dentro del Título relativo a los delitos contra el libre y sano desarrollo de la personalidad.

De igual forma, el dictamen destaca que legislación de protección a niñas, niños y adolescentes establece los 18 años como edad mínima para contraer matrimonio y prevé medidas frente a las prácticas nocivas con fines de unión formal, informal o consuetudinaria, “la iniciativa contribuye a esa protección desde el ámbito penal, sin sustituir las acciones de prevención, atención y restitución de derechos que corresponden a las autoridades”.

Voz de las fuerzas políticas

En representación del Grupo Legislativo de Morena, la diputada Liud Herrera Félix precisó que este dictamen atiende una realidad que no puede seguirse permitiendo, “que niñas, niños y adolescentes sean obligados, inducidos o sometidos a vivir en una unión como si se tratara de un matrimonio, aun cuando no exista un vínculo jurídico formal”.

Agregó que esta reforma no se limita a incorporar un nuevo delito al Código Penal, sino que busca cerrar una puerta que permitía que una práctica prohibida continuara ocurriendo bajo otra forma, dejando establecido con absoluta claridad que ninguna condición social, circunstancia personal o decisión de terceros puede estar por encima del interés superior de la niñez y de la obligación del Estado de proteger plenamente sus derechos.

La diputada Roxana Barragán Hernández informó que el Grupo Legislativo del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) vota a favor del dictamen, para que en Veracruz ninguna niña, niño o adolescente tenga que vivir una unión que alguien más decidió por ellos. Añadió que para quien vivió una unión así, debe brindarse el apoyo psicológico que necesite y el acompañamiento para continuar sus estudios y decidir sobre su futuro, “debe recibirse sin que se le culpe por lo ocurrido, con respeto a su privacidad y a lo que tiene que decir”.

Por el Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), la diputada Indira de Jesús Rosales San Román afirmó que esta normatividad aprobada representa una deuda pendiente con la niñez veracruzana y que la protección de las niñas, niños y adolescentes es una obligación de las y los legisladores. De igual forma, se pronunció porque los sistemas DIF estatal y municipales vigilen el cumplimiento de esta reforma.

La legisladora del Partido del Trabajo (PT), Elizabeth Morales García consideró que esta modificación fortalece las herramientas para proteger a las niñas, niños y adolescentes frente a prácticas que todavía persisten y que muchas veces permanecen ocultas dentro de los hogares o de las propias comunidades. Agregó que la aplicación de este nuevo delito deberá hacerse con responsabilidad y con criterios claros, para que conceptos como unión informal, convivencia constante o vida equiparable al matrimonio sean interpretados atendiendo siempre el interés superior de la niñez.

La legisladora Ana Rosa Valdés Salazar, del Partido Revolucionario Institucional (PRI), expresó su voto a favor e indicó que esta reforma busca combatir las prácticas ancestrales que deberían erradicarse por el bien de las propias comunidades, “esta modificación es una contribución para proteger a la niñez y que nuestra Constitución privilegia como un bien mayor de la sociedad”.

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