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Reforma al Código Penal en materia de aborto en Veracruz tardaría más de seis meses

– Una vez que la SCJN se pronuncie a favor, el Congreso local estaría obligado a hacer las reformas

Xalapa, Ver., 03 de octubre de 2018.- La coordinadora de la asociación civil Equifonía, Araceli González Saavedra, admitió que la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la reforma al Código Penal en materia de aborto en el estado Veracruz podría tardar más de seis meses, pero con ello, de ser a favor, el Congreso estará obligado a cumplirlo.

En entrevista, dijo esperar que con la entrada de los legisladores locales de Morena se pueda dar cumplimiento a las recomendaciones de la Alerta de Violencia de Género por Agravio Comparado, lo que no se hizo en la actual legislatura.

Explicó que el proceso que se sigue en la SCJN obedece a que el Congreso solicitó a la Corte atraer este tema, como un método para retrasar la reforma que forma parte de las observaciones de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim).

“El Congreso del Estado hizo lo que ha hecho desde que se emitió el informe de la Alerta de Género por agravio comparado, negarse a cumplir las recomendaciones. Al pedir que el tema lo atraiga la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que está haciendo es dar largas a una serie de medidas que deben aprobar”, señaló.

Pese a ello, recordó que en agosto los grupos solicitantes de la Alerta se adhirieron a la solicitud de los diputados, pues consideran que de otra manera no será posible reforzar el Código Penal, con el que se busca proteger a las mujeres en materia de salud.

González Saavedra explicó que, una vez que la Corte se pronuncie a favor, el Congreso local estaría obligado a hacer las reformas pertinentes y explicó que no se trata de eliminar el delito de aborto, pues lo que establece el informe de la Conavim es que se modifique el tipo penal y que sea delito a partir de la semana 12 de gestación; lo cual, aunque no es suficiente, representaría un avance pues en la entidad no se tiene la causal de salud contemplada en el Código Penal.

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